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Clases de Riesgo y Tarifas Asociadas

Las tarifas de riesgos laborales se dividen generalmente en clases de riesgo, y cada clase tiene una tarifa específica asociada. Estas clases se basan en la naturaleza de la actividad económica de la empresa y en la evaluación de los riesgos laborales asociados a esa actividad. A continuación, se muestra una tabla que ejemplifica las tarifas de riesgos laborales en función de las clases de riesgo:

Clase de Riesgo Tarifa
I 0,522%
II 1,044%
III 2,436%
IV 4,350%
V 6,960%

¿Cuál es la normativa que establece la clasificación de actividades económicas en el marco del Sistema General de Riesgos Laborales?

La clasificación de las actividades económicas en el contexto del Sistema General de Riesgos Laborales se halla delineada en el artículo 28 del Decreto Ley 1295 de 1994, el cual ha sido objeto de modificaciones mediante los decretos 2100 de 1995 y actualmente con el Decreto 1607 de 2002.

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